Subvenciones (Programa "Innovactiva")
Hola buenos días, desde el CADE US, Centro Andaluz de Emprendimiento de la Universidad de Sevilla nos ponemos en contacto con usted como responsable de emprendimiento en su Facultad con el ruego por favor de apoyarnos en la difusión de las Subvenciones a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva»).
Ayudas al emprendimiento juvenil
Cada año, el Instituto Andaluz de la Juventud convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva»).
¿Qué personas pueden ser beneficiarias de estas ayudas?
Personas jóvenes andaluzas o residentes de Andalucía, mayores de 18 y hasta 35 años (40 años en proyectos empresariales agrícolas o ganaderos), inclusive, que:
- Tengan, al menos, el título de Educación Secundaria Obligatoria o certificado de profesionalidad de cualquier familia profesional.
- No hayan sido personas beneficiarias de estas subvenciones en convocatorias anteriores aunque hayan renunciado a la misma una vez concedida.
- Aún cuando no hayan adquirido la condición de personas beneficiarias, no podrán solicitar las subvenciones previstas en estas bases aquellas personas que hayan figurado en la propuesta definitiva de resolución y hubiesen presentado su renuncia antes de formularse la resolución de concesión definitiva, durante las tres convocatorias siguientes a aquella en la que se produjo la presentación de la renuncia.
¿Cuál es el objeto de la subvención?
- La puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, a través de la constitución de empresas con forma jurídica societaria mercantil, o cooperativas y sociedades laborales constituidas al amparo de lo dispuesto en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
- La constitución de la persona solicitante como persona empresaria individual autónoma.
En ambos casos, se priorizarán aquellos proyectos en los que la puesta en marcha y desarrollo de sus actividades se base en el uso y aplicación de las nuevas tecnologías. Igualmente, en ambos supuestos, el domicilio fiscal de la empresa deberá radicar en Andalucía.
Plazo de Inicio
- 07/03/2025 - 07/04/2025 (El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria. Para el año 2025, el plazo es de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se publique el extracto de la resolución de convocatoria (BOJA Nº 44, de 06/03/2025).
Cuantía de la Subvención
- La cuantía máxima de la subvención podrá alcanzar los 9.000,00 euros, que se abonarán el 50% tras la concesión de la subvención, y el 50% restante tras la justificación del primer pago. Si la cuantía total de la subvención no supera los 6.000 euros, se abonará en un solo pago.
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 4 Meses. Contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Silencio: Negativo